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Una solución para el conflicto catalán

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Bandera de Cataluña

La intervención parlamentaria de Pedro Sánchez el pasado martes, muy extensa y compleja, durante la cual el presidente del Ejecutivo esbozó su programa de gobierno hasta el final de la legislatura, incluyó un elemento crucial en el desarrollo del conflicto catalán: por primera vez desde que Artur Mas rompió relaciones en la práctica con el gobierno de Rajoy en 2011, se sugiere desde el Estado a las instituciones y los partidos calanes una solución alternativa a la autodeterminación reclamada imperativamente por los nacionalistas. La pasiva negación del camino autodeterminista emprendida por el Gobierno de Rajoy, apoyado por las formaciones constitucionalistas que tenían la obligación de ponerse al lado de quien representaba al Estado aunque no compartiesen sus métodos,  se enriquece ahora con la presentación de una contrapropuesta capaz de desbloquear la situación y de arrojar lubricante sobre la crisis.

Sánchez, en efecto, reconoció desde la tribuna del Congreso que la causa objetiva del desentendimiento, argumentada como tal por el soberanismo, es la evidencia política de que los catalanes están bajo el imperio de un Estatuto que no han votado. Y puesto que es recomendable que el contencioso se resuelva efectivamente en les urnas (un porcentaje muy elevado de catalanes así lo demanda en las encuestas), la solución puede estribar en impulsar una reforma estatutaria que sea finalmente votada por los catalanes conforme preceptúa la Constitución en el artículo 153.2, que remite a los procedimientos de reforma establecidos en los propios estatutos y a un preceptivo referéndum. Eso sí, con las cautelas debidas para que no se reproduzca la disfunción anterior, cuando el Tribunal Constitucional, en uso de sus atribuciones, modificó sustancialmente el texto que habrían refrendado los ciudadanos.

La historia es conocida: en 2006, se promulgó el Estatuto de Autonomía de Cataluña, pactado por las formaciones del ‘tripartito’, sin el consenso de la derecha española y con algunos problemas evidentes de constitucionalidad. Tras haber sido aprobado sucesivamente el proyecto de ley por el Parlamento de Cataluña y por las Cortes españolas, fue sometido a referéndum el 18 de junio de 2006, ante una notoria indiferencia (hubo una participación de apenas el 48,85% del censo, y se registró el 73,90% votos a favor, el 20,76% en contra y el 5,34% votos en blanco).

Posteriormente, el Partido Popular y otras formaciones presentaron diversos recursos de inconstitucionalidad y el 28 de junio de 2010 se hacía pública una sentencia del Tribunal Constitucional —que había estado sometido a grandes presiones— que declaró inconstitucionales 14 artículos y sujetos a la interpretación del tribunal otros 27. Además, el tribunal estimó que “carecen de eficacia jurídica” las referencias que se hacen en el preámbulo del Estatuto a Cataluña como nación y a la realidad nacional de Cataluña. En definitiva, podía decirse con razón que los catalanes quedaban sujetos a una carta que no era la que habían convalidado en las urnas. El error cometido era sistémico y provenía del procedimiento establecido en la propia Constitución: había que haber evitado que el contraste de constitucionalidad de Estatuto fuera posterior a su refrendo popular.

En definitiva, si este es el arranque del gran diferendo, el recurso a la buena voluntad de las partes debería hoy hacer posible regresar a este punto para enmendar el error y reemprender juntos un camino distinto del recorrido desde entonces. La propuesta de Sánchez abre, en fin, la vía del reencuentro y abandona la de la confrontación, siempre que se adopten las debidas precauciones.

La objeción técnico-política más clara que puede argumentarse a esta propuesta es que el conflicto se volverá a plantear en parecidos términos si no se modifica también la Constitución. Tanto para encajar en ella algunos de puntos del Estatuto original de 2006 que fueron declarados inconstitucionales cuanto para situar el referéndum de ratificación después de haber constatado la constitucionalidad del Estatuto. Bastaría para ello una simple reforma del Título VIII de la Constitución, que puede realizarse por el procedimiento simple del artículo 167 (mayoría de tres quintos de ambas cámaras o, como mínimo, mayoría absoluta del Senado y de dos tercios del Congreso), y que irá a referéndum en todo el Estado si así lo pide la décima parte de los miembros de cualquiera de las dos cámaras.

De este modo, el contencioso catalán podría cerrarse mediante dos consultas consecutivas: una extendida a todos los españoles sobre la reforma constitucional, y la otra limitada al pueblo de Cataluña sobre su estatuto, sobre su autogobierno, que podría incluir algunas aspiraciones legítimas no reconocidas hasta ahora (en materia de autogobierno cultural y educativo, por ejemplo), pactadas en un gran consenso con la mayoría de las fueras parlamentarias.

Todo esto es viable en el marco de las normas de democracia parlamentaria vigentes en Europa y en el seno de la legalidad española. Si se adopta la vía de la reforma estatutaria, de la descentralización política en una senda federal e incluso confederal, el conflicto tiene solución. En cambio, si se persiste en la reclamación del derecho a la autodeterminación, el diferendo se enquistará indefinidamente, no sólo porque no hay cauce jurídico, nacional e internacional, para ello sino porque no existe masa crítica independentista para plantear siquiera tal ruptura. El derecho comparado y la historia contemporánea debían haber advertido ya al soberanismo catalán de que semejantes propuestas ni siquiera se toman en cuenta si no se acredita la inclinación masiva del pueblo a favor de un cambio del statu quo. Y en Cataluña, la fractura es simétrica. Claramente.

En la historia de los países, las oportunidades no suelen durar en el tiempo ni repetirse con el paso de los años. Ahora, con este gobierno sustentado por una mayoría multicolor y frágil, cabe la posibilidad de que prospere una solución audaz y pacífica a un problema que amenaza nuestra paz y nuestro bienestar. Convendría aprovechar la ocasión para que no tengamos que arrepentirnos de haberla desdeñado el día de mañana.

Antonio Papell
Director de Analytiks

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