Con toda probabilidad, conoceremos la sentencia del procés el próximo lunes 14 de octubre. Entonces se abrirá una semana de conflictos en Cataluña, sobre todo cuando se haga público el fallo y las penas caigan como una bomba incendiaria entre los independentistas.
Algunos calificarán la sentencia de dura; otros, de justa. Valoraciones e interpretaciones al margen, que nueve de los doce acusados sigan en prisión preventiva avala la teoría de que se encontrarán penas ejemplares por el proceso separatista. En caso contrario, el Tribunal Supremo les habría dejado en libertad durante el período de tiempo dedicado a la redacción de la sentencia, como pedían sus defensas.
Los magistrados del Tribunal Supremo pretenden dictar por unanimidad la sentencia, que, además, puede servir para reactivar la euroorden de detención de Carles Puigdemont y los consellers huídos.
¿Una ideología o una forma de golpe de Estado?
El nudo gordiano que ha centrado el debate de los magistrados del alto tribunal reside en la violencia. Es decir, la diferencia entre defender la independencia como si se tratara de una posición ideológica o llevarla a cabo en forma de golpe de Estado. En términos penales, sedición o rebelión.
Sobre esta cuestión clave, muchos expertos constitucionalistas han apuntado que un golpe de Estado -la violencia- es lo que intentó, al frente de un grupo de guardia civiles, el teniente coronel Tejero el 23 de febrero de 1981, al entrar, pistola en mano, en el Congreso de los Diputados, secuestrando al Gobierno y a los diputados, durante la larga “noche de los transistores”, que tuvo en peligro la democracia y sin dormir a los españoles.
Es verdad que hace dos años, en Barcelona no hubo tanques por la avenida Diagonal en dirección a la plaza de Sant Jaume, pero no es menos cierto que el 20 de septiembre de 2017, las organizaciones previsiblemente dependientes de la Generalitat, habían montado una barrera de 40.000 personas que impidió la salida de la comitiva judicial que registraba la consejería que dirigía Junqueras. También puede interpretarse como violencia la resistencia que hallaron el 1-O los antidisturbios frente a los colegios electorales cuando, por orden judicial, pretendían retirar las urnas.
Rebelión, sedición… y malversación (seguro)
Sea rebelión o sedición, los principales acusados que ocupaban cargos relevantes en el Gobierno de Cataluña tendrán que enfrentarse al delito de malversación por destinar dinero público al referéndum ilegal.
Además de todo ello, las penas supondrán la inhabilitación para los que eran cargos públicos, lo que les impedirá volver a la vida política, salvo que haya indulto. Ahora bien, una vez publicada, la sentencia es firme y la Generalitat puede otorgar el tercer grado, que previsiblemente el fiscal recurrirá ante el juez de vigilancia penitenciaria de Cataluña. Solo en el caso de que la decisión del juez no sea acorde a ley, según el fiscal, sería la sala del Supremo, que preside Manuel Marchena, la que tendría que decidir.
Revolución o revuelta en Cataluña
Pero al margen de los recursos, las estrategias y escaramuzas judiciales, no es difícil imaginar que Cataluña vivirá algo parecido a una revolución o, al menos, una revuelta en toda regla que pretenderá intimidar a los poderes del Estado y -quién sabe- si aprovechar la ocasión para volver a proclamar la república catalana.
Hay quien considera que es el momento para la vuelta del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, pero si él o los otros exconsejeros huidos de la justicia, vuelven a España o son extraditados, no podrán escapar a la acción de la justicia. Su procesamiento no estará exento de complicaciones, ya que una buena parte de los jueces de la Audiencia Nacional o de la sala del Supremo se considerarían ‘contaminados’, al haber intervenido en causas del procés, pero de lo que no cabe duda, es que serían juzgados.
Por tanto, calma tensa. Por ejemplo, la organización separatista Tsunami Democràtic pide a los catalanes una reacción inmediata tras la sentencia del Supremo para generar lo que denominan una situación de crisis generalizada en España, que dure en el tiempo.
Todo hace indicar que el día 14 es la fecha límite, ya que los magistrados del Supremo no quieren hacer coincidir su fallo con el aniversario del fusilamiento del presidente de la Generalitat durante la II República y la Guerra Civil, Lluís Companys, ni tener que prorrogar la prisión provisional de los líderes de las entidades soberanistas Jordi Sànchez y Jordi Cuixart sin haber fallado.
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