Ha recordado hace poco Estefanía que Jurgen Habermas, filósofo alemán que ha cumplido hace poco noventa años pero que sigue siendo un faro esencial de la construcción europea —suyo es el más importante impulso a la tesis de Sternberger del patriotismo constitucional—, escribió hace ya tiempo que el único discurso capaz de generar una movilización política en Europa era la defensa “del modo de vida europeo”, que incluye evidentemente un pilar social fundamental, sin el cual el ya largo proceso de construcción europea no tendría sentido.
La idea de Europa ha decaído en España en los años intensos de la crisis, en los que se ha visto que el edificio europeo no es capaz de prever ni mucho menos de resolver los problemas de los países y de la gente; y que tampoco tiene empacho en aplicar terapias que incrementen hasta lo insoportable las desigualdades sociales. El propio Habermas ha recordado que la AfD, el partido de extrema derecha alemán, nació durante la gran crisis por iniciativa de un grupo nutrido de empresarios autóctonos para impedir la mutualización de las deudas europeas, para impedir que los criterios de solidaridad pudieran aplicarse a resolver los problemas del Sur de Europa. No es difícil por lo tanto entender que la continuidad de la Unión Europea requería una reconciliación de Bruselas con la ciudadanía más golpeada por la crisis. Y de ahí que la anterior Comisión, con Juncker a la cabeza, decidiera al térmono de su mandato buscarle un alma a aquella Unión descarnada y fría.
En su discurso sobre el estado de la Unión, en septiembre de 2017, el entones presidente de la Comisión, Juncker, pidió por primera vez la puesta en pie del pilar europeo de derechos sociales, y el 17 de noviembre de aquel año, el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión Europea lo proclamaron oficialmente en la Cumbre social en favor del empleo justo y el crecimiento celebrada en Gotemburgo.
En aquella reunión, Juncker concretó solemnemente el pilar europeo de derechos sociales: “Hoy asumimos —manifestó— un compromiso con un conjunto de 20 principios y derechos. Desde el derecho a salarios justos hasta el derecho a la asistencia sanitaria; desde el aprendizaje permanente, la conciliación de vida privada y profesional y la igualdad de género hasta los ingresos mínimos: con el pilar europeo de derechos sociales, la UE defiende los derechos de sus ciudadanos en un mundo en rápida transformación”.
Los veinte principios del Pilar Social Europeo se recogen en el CUADRO 1*
La nueva Comisión Europea acepta el reto
A mediados de septiembre, la nueva presidenta de la Comisión Europea, Ursula con der Leyen, publicaba en varios diarios europeos un artículo titulado precisamente “El estilo de vida europeo” en el que defendía unas características intrínsecas de la Unión, una especie de “European way of life”, expresadas en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea, que dice textualmente: “La Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres”.
En otro lugar de su comentario, von der Leyen indicó que “esta es la visión europea de la vida. Consiste en construir una Unión de igualdad en la que todos tengamos el mismo acceso a las oportunidades. Consiste en dotar a las personas de los conocimientos, la educación y las competencias que necesitan para vivir y trabajar con dignidad. Consiste en poder recibir los servicios que necesitamos y en saber que estamos seguros en nuestros hogares y en nuestras calles. Consiste en proteger a los más vulnerables de nuestra sociedad. En última instancia, se trata de perfeccionar la manera en que vivimos juntos“. Difícilmente se podría describir mejor lo que hemos llamado estado de bienestar, que no es otra cosa que la erección de un estado suficiente que garantice unos servicios públicos universales y de calidad, una aceptable consensuada redistribución económica, y una seguridad que ampare el ejercicio de las grandes libertades.
Coherentemente con esta posición, la presidenta ha creado una vicepresidencia denominada “Protegiendo nuestro estilo de vida europeo”, que ha sido ocupada por el conservador griego Margaritis Schinas, quien también se ha hecho cargo de las áreas de seguridad, empleo y educación mediante varias comisarías.
En materia de emigración, la presidenta electa propone un enfoque transversal y un concepto sostenible de migración, que obligará a formalizar un “Nuevo pacto en migración y asilo”, lo que incluye “relanzar” la reforma del sistema de Dublín. La alemana considera que una pieza central para ese propósito pasa por reforzar la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex) para que tenga hasta 10.000 efectivos antes de 2027. Von der Leyen también recuerda que la “responsabilidad” de la UE no empieza, sin embargo, en las fronteras, sino en los países de origen, donde hay que “mejorar las perspectivas de los jóvenes”. En cualquier caso, la inmigración ha dejado de ser sólo “un problema” para convertirse en una situación irreversible y en una oportunidad. Los países del grupo de Visegrado cintinúan oponiéndose pero van contra el viento de la historia y contra una mayoría creciente de europeos
El pilar social en España: vuelve la socialdemocracia
Desde la llegada de Sánchez al Gobierno se han adoptado algunas medidas relevantes en la dirección del Pilar Social europeo. La presión en este sentido es global, pero hay ya varios logros que señalan el camino. Así por ejemplo, en marzo de 2019, se aprobó un decreto que igualaba en un plazo determinado la duración de los permisos de paternidad y maternidad, una medida sin precedentes en la Unión Europea donde se avanza en esta dirección con cierta lentitud. Desde el 1 de enero se han ampliado los permisos de paternidad desde 8 a 12 semanas. La equiparación total se alcanzará en 2021, cuando cada uno de los progenitores podrá disfrutar de 16 semanas, que serán intransferibles.
Con esta normativa se pretende eliminar las desigualdades por razón de sexo ya que el empleador no tendrá razones objetivas para preferir al varón a la mujer porque esta se puede quedar embarazada. La equiparación avanza además en la conciliación de la vida personal, familiar y laboral al abogar por el principio de corresponsabilidad. Por supuesto, cuesta dinero al erario público: en 2019, el impacto presupuestario oscilará entre los 250 y los 300 millones, y llegará a 1.100 el próximo año, cuando ambos permisos alcancen las 16 semanas.
El programa de la coalición progresista PSOE-UP está claramente orientado a restituir el estado de bienestar, muy debilitado por la crisis y escasamente enfatizado por Mariano Rajoy, quien consiguió revertir los malos datos macroeconómicos pero no restituir los equilibrios anteriores a la doble recesión. La lectura del programa es suficientemente expresiva, e incluye apartados de título revelador, como el 8: “revertir la despoblación”.
El nuevo gobierno presidido por Sánchez pivota en torno a la vicepresidencia económica, que representa la ortodoxia dictada por Bruselas y es garantía de que no se cometerán extralimitaciones. Ahora bien: dentro de los márgenes establecidos, los equilibrios no se obtendrán mediante recortes del gasto sino a través de aumentos de la presión fiscal. La aventura es arriesgada porque contará con la enemiga de los sectores sociales más poderosos y porque, si no se actúa con cautela, puede resentirse el empleo (que es la principal debilidad estructural de nuestro país), pero es importante que la izquierda moderada que llega consiga reconstruir las clases medias y reconciliarse con ellas. Hay que pensar que también en España existe una preocupación patológica por la mala calidad de la clase política y por la escasa eficiencia de lo público.
De momento, hasta la estructura del gabinete revela una cierta sensibilidad en esta dirección de intensificar la atención hacia el “pilar social”; así por ejemplo hay una vicepresidencia “para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico”, un Ministerio “de Seguridad Social, Inclusión y Migraciones”, etc.
*Cuadro 1
El pilar europeo de derechos sociales consiste en dar a los ciudadanos unos derechos sociales nuevos y más efectivos. Se basa en veinte principios estructurados en tres categorías:
Igualdad de oportunidades y de acceso al mercado de trabajo.
Condiciones de trabajo justas.
Protección e inclusión social.
Capítulo I: Igualdad de oportunidades y de acceso al mercado de trabajo
- Educación, formación y aprendizaje permanente
Toda persona tiene derecho a una educación, formación y aprendizaje permanente inclusivos y de calidad, a fin de mantener y adquirir capacidades que les permitan participar plenamente en la sociedad y gestionar con éxito las transiciones en el mercado laboral.
- Igualdad de sexos
La igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres debe garantizarse y fomentarse en todos los ámbitos, incluso en lo que respecta a la participación en el mercado laboral, las condiciones de trabajo y de empleo y la carrera profesional.
Las mujeres y los hombres tienen derecho a la igualdad de retribución para un trabajo equivalente.
- Igualdad de oportunidades
Con independencia de su sexo, origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, toda persona tiene derecho a la igualdad de trato y de oportunidades en relación con el empleo, la protección social, la educación y el acceso a bienes y servicios a disposición del público. Debe fomentarse la igualdad de oportunidades de los grupos infrarrepresentados.
- Apoyo activo para el empleo
Toda persona tiene derecho a recibir asistencia personalizada y oportuna a fin de mejorar sus perspectivas de empleo o trabajo autónomo. Esto incluye el derecho a recibir ayuda para la búsqueda de empleo, la formación y el reciclaje. Toda persona tiene derecho a la transferencia de la protección social y el derecho a la formación durante las transiciones profesionales.
Los jóvenes tienen derecho a educación continua, una formación como aprendices, un periodo de prácticas o una oferta de empleo de buena calidad en los cuatro meses siguientes a quedar desempleados o finalizar los estudios.
Las personas desempleadas tienen derecho a recibir una ayuda personalizada, continuada y adecuada. Los desempleados de larga duración tienen derecho a una evaluación individual detallada a más tardar a los dieciocho meses de desempleo.
Capítulo II: Condiciones de trabajo justas
- Empleo seguro y adaptable
Con independencia del tipo y la duración de la relación laboral, los trabajadores tienen derecho a un trato justo y equitativo en materia de condiciones de trabajo, acceso a la protección social y formación. Debe fomentarse la transición hacia formas de empleo por tiempo indefinido.
De conformidad con la legislación y los convenios colectivos, debe garantizarse la flexibilidad necesaria para que los empresarios puedan adaptarse con rapidez a los cambios en el contexto económico.
Deben promoverse formas innovadoras de trabajo que garanticen condiciones de trabajo de calidad. Deben fomentarse el espíritu empresarial y el trabajo por cuenta propia y facilitarse la movilidad profesional.
Deben evitarse las relaciones laborales que den lugar a unas condiciones de trabajo precarias, en particular prohibiendo la utilización abusiva de contratos atípicos. Los periodos de prueba deben tener una duración razonable.
- Salarios
Los trabajadores tienen derecho a salarios justos que proporcionen un nivel de vida digno.
Debe garantizarse un salario mínimo adecuado que permita satisfacer las necesidades del trabajador y de su familia en función de las condiciones económicas y sociales, y que al mismo tiempo salvaguarde el acceso al empleo y los incentivos para buscar trabajo. Debe evitarse la pobreza de los ocupados.
Todos los salarios deben fijarse de manera transparente y predecible, con arreglo a las prácticas nacionales y respetando la autonomía de los interlocutores sociales.
- Información sobre las condiciones de trabajo y la protección en caso de despido
Los trabajadores tienen derecho a ser informados por escrito al comienzo del empleo sobre sus derechos y obligaciones derivados de la relación laboral, incluso en periodo de prueba.
Antes de proceder a un despido, los trabajadores tienen derecho a ser informados de los motivos de este y a que se les conceda un plazo razonable de preaviso. Tienen derecho a acceder a una resolución de litigios efectiva e imparcial y, en caso de despido injustificado, tienen derecho a reparación, incluida una indemnización adecuada.
- Diálogo social y participación de los trabajadores
Se debe consultar a los interlocutores sociales sobre el diseño y la aplicación de políticas sociales, económicas y de empleo, de acuerdo con las prácticas nacionales. Debe animárseles a que negocien y celebren convenios colectivos en asuntos de su incumbencia, respetando su autonomía y su derecho a la acción colectiva. En su caso, los acuerdos celebrados entre los interlocutores sociales deben aplicarse a nivel de la Unión y de sus Estados miembros.
Los trabajadores o sus representantes tienen derecho a ser informados y consultados oportunamente sobre asuntos de interés para ellos, en particular sobre la transferencia, reestructuración y fusión de empresas y sobre despidos colectivos.
Debe fomentarse el apoyo para aumentar la capacidad de los interlocutores sociales para promover el diálogo social.
- Equilibrio entre vida profesional y vida privada
Los padres y las personas con responsabilidades asistenciales tienen derecho a los permisos adecuados, a unas condiciones de trabajo flexibles y a servicios de asistencia. Las mujeres y los hombres deben tener igualdad de acceso a permisos especiales para cumplir con sus responsabilidades asistenciales y debe animárseles a utilizarlos de forma equilibrada.
- Entorno de trabajo saludable, seguro y adaptado y protección de datos
Los trabajadores tienen derecho a un elevado nivel de protección de la salud y la seguridad en el trabajo.
Los trabajadores tienen derecho a un entorno de trabajo adaptado a sus necesidades profesionales y que les permita prolongar su participación en el mercado laboral.
Los trabajadores tienen derecho a la protección de sus datos personales en el contexto del empleo.
Capítulo III: Protección e inclusión social
- Asistencia y apoyo a los niños
Los niños tienen derecho a disfrutar de una educación y asistencia infantil asequibles y de buena calidad.
Los niños tienen derecho a la protección contra la pobreza. Los niños procedentes de entornos desfavorecidos tienen derecho a medidas específicas destinadas a promover la igualdad de oportunidades.
- Protección social
Con independencia del tipo y la duración de su relación laboral, los trabajadores por cuenta ajena y, en condiciones comparables, los trabajadores por cuenta propia, tienen derecho a una protección social adecuada.
- Prestaciones por desempleo
Los desempleados tienen derecho a ayudas adecuadas a la activación por parte de los servicios públicos de empleo para (re)integrarse en el mercado laboral y a prestaciones de desempleo adecuadas de duración razonable, en consonancia con sus propias contribuciones y los criterios de concesión nacionales. Estas prestaciones no deben desincentivar un retorno rápido al trabajo.
- Renta mínima
Toda persona que carezca de recursos suficientes tiene derecho a unas prestaciones de renta mínima adecuadas que garanticen una vida digna a lo largo de todas las etapas de la vida, así como el acceso a bienes y servicios de capacitación. Para las personas que pueden trabajar, las prestaciones de renta mínima deben combinarse con incentivos a la (re)integración en el mercado laboral.
- Pensiones y prestaciones de vejez
Los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia tienen derecho a recibir una pensión de jubilación acorde a sus contribuciones que garantice una renta adecuada. Las mujeres y los hombres deben tener las mismas oportunidades para adquirir derechos de pensión.
Toda persona tiene derecho a los recursos que garanticen una vida digna en la vejez.
- Sanidad
Toda persona tiene derecho a un acceso oportuno a asistencia sanitaria asequible, de carácter preventivo y curativo y de buena calidad.
- Inclusión de las personas con discapacidad
Las personas con discapacidad tienen derecho a una ayuda a la renta que garantice una vida digna, a servicios que les permitan participar en el mercado laboral y en la sociedad y a un entorno de trabajo adaptado a sus necesidades.
- Cuidados de larga duración
Toda persona tiene derecho a cuidados de larga duración asequibles y de buena calidad, en particular de asistencia a domicilio y servicios comunitarios.
- Vivienda y asistencia para las personas sin hogar
Debe proporcionarse a las personas necesitadas acceso a viviendas sociales o ayudas a la vivienda de buena calidad.
Las personas vulnerables tienen derecho a una asistencia y una protección adecuadas frente a un desalojo forzoso.
Deben facilitarse a las personas sin hogar un alojamiento y los servicios adecuados con el fin de promover su inclusión social.
- Acceso a los servicios esenciales
Toda persona tiene derecho a acceder a servicios esenciales de alta calidad, como el agua, el saneamiento, la energía, el transporte, los servicios financieros y las comunicaciones digitales. Debe prestarse a las personas necesitadas apoyo para el acceso a estos servicios.
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